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Preguntas Frecuentes
A continuación, en JR Rent a Car responderemos algunas de las preguntas más frecuentes.

1 - ¿Cuáles son los requerimientos para arrendar en JR Rent a Car?

 

Ser mayor de 25 años.

Licencia de conducir al día, emitida al menos hace 2 años.

Presentar documentos originales (cédula de identidad), si es extranjero debe presentar pasaporte.

 

 

2 - ¿Es necesario dejar alguna garantía al momento de retirar el vehículo?

Sí, es necesario.

El titular del arriendo debe garantizar el arriendo utilizando una tarjeta de crédito con un cupo mínimo desde $600.000. El monto de la garantía dependerá de la cantidad de días y vehículo seleccionado y será solicitado con un Check-In electrónico al momento del retiro. La garantía se devolverá en un plazo máximo de 3 días hábiles a partir del día de la devolución del vehículo.

Solo se aceptan tarjetas de crédito bancarias, no se aceptan tarjetas ligadas a casas comerciales a excepción de tarjeta Visa/Mastercard CMR Falabella. No se aceptan tarjetas de prepago alojadas en plataformas virtuales.

La garantía que se debe dejar con tarjeta de crédito, debe ser con la tarjeta física en forma presencial, las tarjetas de créditos virtuales o digitales no sirven para dejar como garantía del arriendo.

 

No se aceptan tarjetas de crédito de terceros, ni cheques como garantía. 

3 - ¿Cuáles son los medios de pago válidos?

Tarjetas de crédito Bancaria: Visa, MasterCard, American Express y Diners.

Tarjetas de débito.

Transferencias electrónicas y/o Efectivo.

 

 

4 - ¿Qué incluye el valor del arriendo?

Kilometraje libre para arriendos dentro de la primera región

Cobertura de daños a vehículos según condiciones contractuales.

Para arriendos fuera de la primera región; kilometraje limitado. 

 

5 - ¿Puedo sacar el vehículo del país?

No, el vehículo sólo puede circular dentro del territorio nacional y solo arrendamos fuera de la primera región; hasta Calama, Mejillones y Antofagasta.

 

 

6 - ¿Hay algún cargo adicional a los valores indicados en la página web?

Combustible: los vehículos se entregan con estanque full y deben ser regresados en iguales condiciones; de lo contrario,

tendrá un cargo adicional.

Servicio aeropuerto: es opcional y tiene un costo adicional a la tarifa del arriendo del vehículo.

 

 

7 - ¿Qué tipo de cobertura incluye el contrato de arriendo?

Se denomina servicio opcional de fondo de seguridad y es para cubrir daños a vehículos con deducibles y sujeto

a las condiciones del contrato.

 

 

8 - ¿Puedo sacar el vehículo de la primera región?

Sí, siempre y cuando sean vehículos liberados; si no fueran liberados se puede salir con autorización notarial, pero siempre con previo aviso  de al menos 2 días antes; ya que son vehículos con régimen zona franca.

Pueden salir a la ciudades indicadas en el ítem 5.

 

9 - ¿Puede haber un conductor adicional?

Sí, puede haber hasta dos conductores adicionales y deben cumplir con los mismos requisitos del conductor titular, quedando debidamente registrados en el momento de la firma del contrato de arriendo.

 

 

10 - ¿Puedo viajar a Perú o Bolivia en un vehículo arrendado?

Lamentablemente no es posible; a razón de que no existe cobertura alguna para cubrir daños en esos países.

Además no autorizamos salidas de vehículos a ningún país de Sudamérica.

 

 

11 - ¿Qué significa arriendo de un día, de fin de semana?

Tarifa día: 24 horas desde la hora de entrega del vehículo.

Tarifa fin de semana: retiro del vehículo día viernes 18:30 hrs en oficina JR y devolución el lunes a las 09:00 hrs.

 

12 - ¿Cómo hago una reservación?

Usted puede hacer reservas a través de nuestro sitio web, por e-mail a jr.areacomercial@gmail.com  o llamando por teléfono al +56 57 2429019 o al +56 57 2429490

 

 

13 - ¿Qué impuestos impone el Estado de Chile?

El impuesto sobre las ventas (IVA) es de 19% y será aplicado a todos los arriendos y demás cargos.

 

 

14 - Soy extranjero, ¿debo pagar IVA?

Sí. La exención del pago del impuesto IVA para turistas es aplicable solamente a los gastos de hospedaje (hoteles); por lo tanto no es posible descontar el IVA que grava los arriendos de vehículos.

 

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